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El próximo 9 de mayo entra en vigor la Ley de Seguridad Vial, con algunas novedades más cercanas a la realidad de los conductores
La Dirección General de Tráfico quiere "adaptarse a la realidad actual", por lo que se ha aprobado la reforma de la Ley de Seguridad Vial. Una ley que entrará en vigor el 9 de mayo y que promete sorprender a algunos conductores por las nuevas medidas y que contempla la subida a 130 kilómetros por hora en algunas vías, dependiendo de varios factores, así como la bajada de velocidad en otras vías, que pasa a ser de 30 a 20 kilómetros por hora.
Superar la tasa de alcohol se sigue castigando duramente. De hecho, doblar la tasa de alcohol o la presencia de drogas en el organismo se penaliza con 1.000 euros, además del descuento de 6 puntos en el carné de conducir. 1.000 euros también deberá pagar el conductor reincidente, aunque no doble la tasa de alcohol permitida.
También tendrán problemas los conductores extranjeros si no cambian las matrículas cuando se trasladen a España. Así, todo aquel extranjero que resida en España tendrá que cambiar su placa por una española o bien inscribir su vehículo en un registro especial de la DGT. Con esta medida se intentará que los extranjeros paguen por las infracciones que cometan en España, y que las multas no queden en un limbo legal como pasaba hasta ahora. Además, el Ministerio del Interior va a desarrollar un sistema para poder conocer los datos de un infractor extranjero, siempre y cuando pertenezca a un país de la Unión Europea.
En materia de seguridad, la reforma de la ley actual contempla que la Guardia Civil pueda inmovilizar un vehículo que no cuente con la adecuada protección para los menores que viajen en él. Además, el gasto de inmovilización correrá a cargo del conductor. Se da más importancia a las sillas de seguridad, así como a su posición dentro del coche. La reforma permite que se pueda prohibir ocupar asientos delanteros o traseros por menores, siempre dependiendo de la edad y de la talla del menor. Novedades también para los ciclistas, ya que el casco será obligatorio para los menores de 16 años. Para los conductores, se prohibe adelatantar en el caso de que se pudiera entorpecer a un ciclista que circula en sentido contrario, aún cuando estos circulen por el arcén.
En cuanto a los radares, la reforma queda como ya se anunció hace meses. Se prohibe expresamente el uso de detectores, por lo que su utilización contempla una multa de 200 euros y la retirada de 3 puntos. Se siguen permitiendo los avisadores como navegadores o dispositivos móviles.
La reforma también contempla cambios en el caso de atropello de una especie cinegética. Será responsable de los daños el conductor del vehículo. En el caso de que el atropello sea una consecuencia directa de una acción de caza, será responsable el cazador. Si en la vía no existen señales de la existencia de animales sueltos, el responsable será el titular de la vía.
Las sanciones por velocidad seguirán siendo las mismas en cuanto a pérdida de puntos y sanción económica, aunque en el siguiente gráfico de la DGT se incluyen las multas por el mínimo y el máximo de velocidad que entrará en vigor el 9 de mayo. .
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